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La SuperTransporte evidenció que 113 empresas de transporte terrestre no cumplen con las normas establecidas para la movilización de niños, niñas y adolescentes

Octubre 31, 2025 | Por: Comunicaciones Supertransporte

  • Luego de un año de la expedición de la Circular 557/24 por parte del Ministerio de Transporte mediante la cual imparte instrucciones para la movilización de niños, niñas y adolescentes, la Superintendencia de Transporte ha identificado que 113 empresas de transporte terrestre de pasajeros no cumplen con las normas establecidas para la prevención de la explotación de los menores.
  • La Superintendencia de Transporte implementó el Programa de Acompañamiento y Evaluación de las Políticas de Transporte para los menores de edad, con el fin de realizar un seguimiento exhaustivo al cumplimiento de la norma, logrando impactar a 358 empresas que operan en 47 terminales.
  • En el mes de celebración del Halloween aumenta la demanda de transporte de menores, por ello, la Entidad supervisa que las empresas incorporen en sus protocolos de venta y expedición de tiquetes, embarque y desembarque, mecanismos que los protejan de situaciones de riesgo. Además, tiene a disposición un formato cuando viajan sin acompañante y bajo la responsabilidad del transportador o un adulto diferente al padre, madre o tutor legal, en la página supertransporte.gov.co.

 

Bogotá, D.C., 31 de octubre de 2025 (@SuperTransporte). El Programa de Acompañamiento y Evaluación de Políticas de Transporte de Menores de Edad, fue implementado por la Superintendencia de Transporte con el propósito de supervisar que las empresas de transporte terrestre de pasajeros y especial, incorporen en sus protocolos de venta y expedición de tiquetes, embarque y desembarque, mecanismos que protejan a los niños, niñas y adolescentes de situaciones de explotación, atendiendo a las instrucciones del Ministerio de Transporte, contenidas en la Circular 557 de 2024.

Luego de ejercer sus funciones de inspección, vigilancia y control en las terminales de transporte en materia de supervisión del cumplimiento de esta norma, la Superintendencia de Transporte ha identificado que 113 empresas de transporte terrestre de pasajeros no cumplen con las normas establecidas para la prevención de la explotación de los menores.

En este mes de octubre cuando se celebra el Halloween y hubo semana de receso escolar, se incrementó la movilización de niños, niñas y adolescentes, por eso, mediante el programa que hemos implementado tenemos el propósito de prevenir la existencia de inconsistencias en las políticas, reglamentos y/o protocolos para el transporte de los menores, asegurando el cumplimiento del marco normativo y jurisprudencial vigente en la materia. Le cumplimos al país con dignidad y la seguridad de los menores de edad es nuestra prioridad, por ello, trasladamos la información encontrada en las 113 empresas de transporte de pasajeros que han incumplido, a la Dirección de Investigaciones de Protección a los Usuarios para iniciar las acciones correspondientes”.

 

Resultados del Programa

Las instrucciones impartidas por el Ministerio de Transporte mediante la Circular 557/24, se refieren explícitamente a la prevención y erradicación de la explotación y el turismo sexual con niñas, niños y adolescentes y está dirigida a las empresas de servicio público de transporte terrestre de pasajeros por carretera y especial; terminales de transporte, Ditra, y las ciudadanías en general.

Dicha norma refiere que la Superintendencia de Transporte debe supervisar el cumplimiento de la misma, por ello el Programa de Acompañamiento y Evaluación de Políticas de Transporte de Menores de Edad promueve que los menores viajen bajo condiciones seguras y dignas, protegiendo su integridad y reduciendo la posibilidad de explotación, abandono o vulneración durante el transporte, mediante protocolos claros y campañas de sensibilización.

 

  • Bajo este Programa se realizaroncapacitaciones y sensibilizaciones a 377 personas de 145 empresas de transporte y 79 personas de 47 terminales de transporte terrestre.
  • Se llevó a cabo el análisis de las políticasde 358 empresas de transporte de pasajeros por carretera.
  • Desde mayo de 2025 a la fecha, se han realizado 51 visitas de inspección, validando el cumplimiento de las instrucciones contenidas en la Circular Externa 557 de 2024 en la operación de las empresas de transporte.
  • En lo que va corrido de 2025, se han llevado a cabo 180 jornadas de capacitaciones a 12.473 los niños, niñas y adolescentes de instituciones educativas de Cundinamarca y Caldas.

 

Dentro de las instrucciones proferidas por el Ministerio de Transporte en la materia, se verifican especialmente:

 

  • La venta y expedición de tiquetes a usuarios menores de edad que viajen con o sin acompañante.
  • Las medidas de verificación de las condiciones en que viajan los menores de edad, es decir, en compañía de un adulto responsable o bajo la responsabilidad de la empresa de transporte.
  • Las medidas de cuidado que se deben implementar cuando los niños, niñas y adolescentes viajan sin la compañía de un adulto responsable y bajo la custodia y cuidado del transportador.
  • El transporte de niños, niñas y adolescentes en situación de discapacidad.
  • La implementación de piezas informativas sobre tendientes a prevenir la explotación de niños, niñas y adolescentes.
  • El deber de denunciar situaciones en donde se evidencie situaciones de riesgo para los niños, las niñas y los adolescentes.

 

La Dirección de Prevención, Promoción y Atención a Usuarios del Sector Transporte publicó un modelo de autorización para el transporte de menores de edad sin acompañante o acompañado de un adulto diferente al padre, madre o tutor legal. Esto, debido a que uno de los requerimientos de la norma exige llenar un documento cuando el niño, niña o adolescente viaje solo. Este modelo puede ser descargado de la página www.supertransporte.gov.co.

 

Canales de Atención

La Superintendencia de Transporte es una Entidad cercana a los ciudadanos y por eso, cuenta con distintos canales de atención para recibir peticiones, quejas y reclamos y atender las solicitudes de los empresarios y usuarios del sector, a través de la página web mediante el enlace https://www.supertransporte.gov.co/index.php/peticiones-quejas-y-reclamos/ y un chat virtual disponible de lunes a viernes de 8:00 am a 5:00 pm, la línea gratuita 018000915615, #767 opción 3 y, Usuario Avisa a través de la línea de WhatsApp 3185946666. Así mismo, de manera presencial en la Diagonal 25g No 95ª-85 Piso 1 Centro Empresarial Buró 25.

2025-10-31T11:53:41-05:00

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