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SuperTransporte sanciona por más de 300 millones a la concesión Aeropuertos de Oriente debido al incumplimiento de la orden de eliminar restricciones en la prestación del servicio de transporte terrestre desde el aeropuerto Palonegro de Bucaramanga

Septiembre 12, 2025 | Por: Comunicaciones Supertransporte

  • Por el incumplimiento a las órdenes impartidas mediante Resolución No 10025/24, donde se le ordenó de manera inmediata eliminar de cualquier forma de direccionamiento o vulneración al derecho de libre elección que tienen los pasajeros que arriban a la terminal de transporte aérea a la hora de elegir el tipo de transporte terrestre en el cual desea transportarse para salir de la terminal aérea. Sea este o no perteneciente al Consorcio Taxi Aeropuerto.

 

  • Además, se le ordenó buscar y ejecutar una solución ajustada a las leyes, reglamentos aeronáuticos y en general atendiendo las consideraciones expuestas en este acto administrativo, de forma tal que protejan la seguridad del aeropuerto, así como los intereses legítimos de los pasajeros y los proveedores de servicios de transporte terrestre en cualquiera de sus modalidades, con independencia que se encuentren o no vinculados al Consorcio Taxi Aeropuerto.

 

  • La multa impuesta a la Sociedad Aeropuertos de Oriente S.A.S., en su calidad de concesionario del Aeropuerto Internacional Palonegro de Bucaramanga, correspondientes a 250 UVB, (equivalentes mensuales vigencia 2025) por incumplir las disposiciones de la Entidad, con miras a garantizar un acceso libre, seguro y equitativo en la terminal aérea.

 

 

(@SuperTransporte). Mediante la Resolución No 13627 del 3 de septiembre de 2025, la Superintendencia de Transporte sancionó a la concesión Aeropuertos de Oriente S.A.S., por renuencia al incumplir las órdenes administrativas que le exigían eliminar cualquier tipo de restricción o direccionamiento en la prestación del servicio de transporte terrestre desde el Aeropuerto Internacional Palonegro en Bucaramanga, con el fin de garantizar condiciones de igualdad para todos los prestadores habilitados y transparencia para los usuarios.

Estas medidas son adoptadas por la Superintendencia de Transporte con el objetivo de garantizar la prestación del servicio de manera equitativa, eficiente y segura para las ciudadanías. Asimismo, buscan promover una convivencia armónica entre los diferentes modos de transporte, en beneficio del bienestar de los usuarios y en cumplimiento de su función de supervisar, vigilar y controlar la operación del sector, velando por la protección del interés general y el respeto a la normatividad vigente.

El Superintendente de Transporte, Alfredo Enrique Piñeres Olave,  afirmó que “esta sanción se deriva del incumplimiento de una orden impartida por la SuperTransporte mediante la Resolución 10025 del 3 de octubre del 2023, por medio de la cual, se dispusieron varias medidas para garantizar condiciones de igualdad para todos los prestadores habilitados y transparencia para los usuarios, ya que presuntamente, la concesión Aeropuertos del Oriente estaría vulnerando el derecho de libre elección que tienen los pasajeros que llegan a Palonegro, a la hora de elegir el tipo de transporte terrestre que desea tomar para salir de esta infraestructura”.

La Superintendencia de Transporte podrá seguirá imponiendo multas sucesivas de mantenerse el incumplimiento de las órdenes impartidas.

“Desde el Ministerio de Transporte respaldamos las decisiones de la Superintendencia que priorizan al usuario y promueven un acceso libre, seguro y equitativo al transporte. Esta sanción envía un mensaje claro: no toleraremos prácticas que limiten la libre elección ni afecten la seguridad y calidad del servicio en nuestras terminales aéreas”, afirmó la ministra de Transporte, Mafe Rojas.

 

 

Sanción

La Superintendencia de Transporte impuso multa de 250 DOSCIENTOS CINCUENTA UVB (equivalentes mensuales vigencia 2025), a la sociedad Aeropuertos de Oriente S.A.S., en su calidad de concesionario del Aeropuerto Internacional Palonegro de Bucaramanga, por incumplir las órdenes administrativas impartidas en 2023 para garantizar un acceso libre, seguro y equitativo al servicio de transporte terrestre en la terminal aérea.

 

Recursos

Contra la presente Resolución proceden los recursos de reposición ante la Dirección de Investigaciones de la Delegatura de Concesiones e Infraestructura, según los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.

 

Canales de Atención

La Superintendencia de Transporte es una Entidad cercana a los ciudadanos y por eso, cuenta con distintos canales de atención para recibir peticiones, quejas y reclamos y atender las solicitudes de los empresarios y usuarios del sector, a través de la página web mediante el enlace https://www.supertransporte.gov.co/index.php/peticiones-quejas-y-reclamos/ y un chat virtual disponible de lunes a viernes de 8:00 am a 5:00 pm, la línea gratuita 018000915615, #767 opción 3 y, Usuario Avisa a través de la línea de WhatsApp 3185946666. Así mismo, de manera presencial en la Diagonal 25g No 95ª-85 Piso 1 Centro Empresarial Buró 25.

2025-09-12T15:47:51-05:00

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