La SuperTransporte dispone fechas de inicio a la operación del SICOV para los cursos a infractores de tránsito
Julio 30, 2026 | Por: Comunicaciones Supertransporte
- La Entidad anunció que, a partir del 3 de agosto y del 16 de septiembre de 2026, los Centros Integrales de Atención-CIA y los Organismos de Tránsito-OT, que dictan cursos a infractores deben operar haciendo uso de la infraestructura de seguridad del Sistema de Control y Vigilancia.
Mediante la Resolución 8863 del 16 de julio de 2026, la Superintendencia de Transporte dispuso que el Sistema de Control y Vigilancia-SICOV, para Centros Integrales de Atención-CIA y Organismos de Tránsito-OT, debe estar listo para iniciar operaciones desde el 3 de agosto y el 16 de septiembre de 2026, respectivamente.
Esta medida se adopta en cumplimiento de los mandatos contenidos en las Leyes 2283 y 2294 de 2023 y lo que se pretende es garantizar que se realicen verificaciones de seguridad a los infractores y a instructores que asisten a los cursos para obtener descuentos en las multas impuestas por transgredir las normas de tránsito.
La versión inicial del Sistema debe garantizar que los CIA y OT validen la identidad de los usuarios del servicio contra las bases de datos de la Registraduría Nacional del Estado Civil y a través de tecnología de reconocimiento facial, como condición de seguridad para proteger el servicio de intentos de fraude y manipulación de información.
“El objetivo es que este servicio de tránsito, que fue creado para beneficiar a quienes reconocen su condición de infractores, se preste con transparencia y legalidad ante la ciudadanía, sin defraudar al Estado colombiano”, afirmó el Superintendente de Transporte, Alfredo Piñeres.
¿Qué cambia con las nuevas medidas?
Los CIA deberán validar la identidad de todo usuario al que se le presente un servicio y a todo instructor que imparta un curso a través del cotejo dactilar contra las bases de datos de la RNEC y con tecnología de reconocimiento facial.
Los resultados de estas validaciones serán contrastados con la información que es reportada al RUNT por parte de estos prestadores de servicios.
En ejercicio de sus facultades de inspección, vigilancia y control, la Superintendencia de Transporte hará seguimiento a la implementación y uso del Sistema de Control y Vigilancia en las visitas de verificación que se realicen en diferentes ciudades y a través de la consulta y cotejo de registros de información disponibles en las bases de datos administradas por los operadores homologados y la entregada por el RUNT.
Canales de atención al ciudadano
La Superintendencia de Transporte cuenta con diferentes canales para recibir peticiones, quejas y reclamos:
- Página web: www.supertransporte.gov.co
- Chat virtual (lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.)
- Línea gratuita nacional: 018000915615
- Línea corta: #767 opción 3
- WhatsApp “Usuario Avisa”: 3185946666
- Atención presencial: Diagonal 25G No. 95A-85 Piso 1 Centro Empresarial Buró 25























































