PREGUNTAS FRECUENTES RELACIONADAS CON
OPERADORES PORTUARIOS
1. ¿ Que se requiere para poder trabajar en un
puerto colombiano ?.
2. ¿
Cuales son los requisitos para registrase como operador portuario ? .
4. ¿
Quienes deben pagar la tasa de
vigilancia?.
5. ¿
Cual es el valor a pagar por concepto de tasa de vigilancia ?.
7. ¿
Cuales son las obligaciones adquiridas por los operadores portuarios?.
De conformidad con
Los requisitos están establecidos en
De acuerdo con
La tasa de vigilancia la deben pagar todos los operadores
portuarios que hayan realizado actividades portuarias en alguno de los puertos
para los cuales se les autorizó trabajar
en el registro de operador portuario, y
se paga al año siguiente de haber laborado en los puertos. Cuando un
operador portuario no haya desarrollado actividades portuarias en los puertos
debe remitir certificación, debidamente firmada por el Representante Legal,
Contador y Revisor fiscal, en la que conste que la empresa no tuvo ingresos
operacionales por actividad portuaria en el año respectivo.
El valor a pagar por concepto de tasa de vigilancia se calcula multiplicando la tasa de
vigilancia establecida para el año de la vigencia por los ingresos brutos
operacionales respectivos. La tasa de vigilancia la fija, por medio de resolución
el Ministerio de Transporte, dicha resolución es publicada posteriormente por
El valor de la póliza de responsabilidad civil contractual
y extracontractual está establecido por las sociedades portuarias donde laboran
los operadores portuarios y su valor, depende de las actividades para las
cuales, se registró el operador
portuario. Se debe adquirir por una
vigencia de un año renovables y el beneficiario:
Los operadores portuarios registrados deben remitir dentro
de los diez (10) días siguientes a
·
Copia de la resolución de
registro, renovación o modificación.
·
Original de la póliza que garantiza el pago de la tasa de
vigilancia.
·
Certificado de Cámara de
Comercio.
·
Copia de la póliza de responsabilidad
civil contractual y extracontractual.
También deben remitir anualmente en las fechas que se
establezcan por la pagina web de
·
Ingresar la información de los
Estados Financieros por el Sistema de Vigilancia Virtual, para lo cual, deben
solicitar la clave y el soporte técnico comunicándose con
·
Los Estados Financieros en medio
impreso, aprobados y firmados por el representante legal, contador y revisor
fiscal con sus respectivas notas explicativas.
·
Certificación de ingresos brutos
operacionales firmada por el representante legal, contador y revisor
fiscal.
·
Informar en cualquier época de
los cambios efectuados en la empresa de
representante legal, dirección y teléfonos, etc.